¿Qué no se puede hacer durante una bancarrota?
Evitar que un acreedor con garantía recupere los bienes: la declaración de quiebra no elimina los embargos. Entonces, si usted tiene una deuda con garantía (es decir, una deuda en la que el acreedor tiene un gravamen sobre su propiedad y puede recuperar los bienes si usted no paga), la quiebra puede eliminar la deuda, pero no impide que el acreedor recupere los bienes.
Eliminar las obligaciones de manutención infantil y del la pensión alimenticia: estas obligaciones sobreviven a la quiebra. Usted seguirá obligado a pagar la totalidad de esas deudas, como si nunca hubiera presentado una declaración de quiebra. Si presenta una declaración de quiebra en virtud del Capítulo 13, su plan deberá contemplar el pago total de esas deudas.
Eliminar préstamos estudiantiles, salvo en circunstancias muy limitadas: los préstamos estudiantiles solamente se pueden estar eliminado en la quiebra si puede demostrar que pagar el préstamo le provocaría una “dificultad excesiva”, un criterio muy difícil de cumplir. Debe poder demostrar no solo que no puede pagar los préstamos en ese momento, sino que además existen muy pocas probabilidades de que pueda hacerlo en el futuro.
Eliminar la mayoría de deudas tributarias: en la quiebra, no es fácil eliminar las deudas tributarias, pero algunas veces es posible hacerlo en el caso de deudas previas del impuesto sobre la renta pendiente de pago.
Eliminar otras deudas “no eliminables”: estas deudas en virtud de la quiebra del Capítulo 7 o del Capítulo 13 son:
- Deudas no incluidas en su presentación de declaración de quiebra.
- Deudas por muerte o lesiones personales provocadas por conducir alcoholizado.
- Multas y sanciones impuestas por violar la ley, como multas de tránsito y restitución penal.